ASISTENCIA SOCIAL PRIVADA


La Asistencia Social Privada tiene por objeto allegar medios a personas en situación de vulnerabilidad que se encuentran en condición de desventaja, mediante bienes de propiedad particular, a través de Instituciones de Asistencia Privada, reguladas por la Junta de Asistencia Privada.

SERVICIOS AL PÚBLICO
INFORMACIÓN DE INTERÉS

 

XXVI. CUENTA PÚBLICA

 

Ejercicio   Hipervínculo al informe de la Cuenta Pública enviado a la Secretaría de Finanzas  Hipervínculo a los documentos
2011 No aplica* No aplica*
2012 No aplica* No aplica*
2013 No aplica* No aplica*
2014 No aplica* No aplica*
2015 No aplica* No aplica*
2016 No aplica* No aplica*

 

No aplica a la JAPDF con fundamento en los artículos 197 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 70 y 85 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, que establece que la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, es un órgano desconcentrado de la Administración Pública del Distrito Federal, con autonomía de gestión, técnica, operativa y presupuestaria.

La autonomía operativa y presupuestal está sujeta al monto de los recursos que obtiene de las cuotas a que se refiere el artículo 85 del ordenamiento antes citado y no así de recursos asignados a través del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, cuyas partidas de gasto y disposiciones normativas no le son aplicables.

Fecha de actualización: 31/diciembre/2016

Fecha de validación: 31/diciembre/2016

Área responsable de la información: Dirección Administrativa 

Noticias banner publicas iap