Artículo 121 - Fracción XXXVI
XXXVI. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces el salario mínimo vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
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Periodo de actualización de la información: semestral
Fecha de actualización: 30/junio/2024
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