Artículo 123
Fracción XIX
XIX. La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido;
No aplica
La JAPDF con fundamento en los artículos 276 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 70, 71 y 72 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, y 62 de su Reglamento.
Esta es facultad de Secretaria de Obras Públicas de la Ciudad de México, con fundamento en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información:
Secretaria de Obras Públicas de la Ciudad de México
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: 31/diciembre/2024