Índice de servicios
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La Junta de Asistencia Privada de la Ciudad de México tiene por objeto, entre otros, el cuidado y la asesoría a las Instituciones de Asistencia Privada, por lo que se mantiene pendiente de que cumplan con las obligaciones establecidas en la Ley de Instituciones de Asistencia Privada (LIAPDF) y su reglamento (RLIAPDF), pues su cumplimiento les permite acceder a los diversos beneficios fiscales. Para el cumplimiento de estas obligaciones y la mejora continua de sus actividades, la Junta ofrece asesorías profesionales en diversos temas a las Instituciones de Asistencia Privada |
Obligaciones de las IAP
Verifica las fechas límite de los plazos para estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones.Artículos | Obligación | Plazo |
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6 LIAPDF |
Las Instituciones nuevas, deberán presentar constancia que acredite la aportación de su patrimonio inicial. | Dentro de los 30 días posteriores a la declaratoria de constitución que emita el Consejo Directivo de la Junta. |
49 LIAPDF 48 RLIAPDF |
Presupuesto de Ingresos, Egresos y de Inversiones en Activos Fijos, así como Programa de Trabajo, adjuntando copia del acta de aprobación. |
A más tardar el 1º de diciembre de cada año. |
45 F. XVI LIAPDF 47 RLIAPDF |
Informe Anual de Actividades. | Dentro de los tres primeros meses de cada año. |
56 y 85 LIAPDF 55 y 61 RLIAPDF |
Estados Financieros (Balance General y Estado de Actividades) y Balanza de Comprobación a detalle, mensuales, debidamente firmados y rubricados por representante legal y responsable de la información financiera | Dentro del mes siguiente al que correspondan. |
85 y 86 LIAPDF 61 RLIAPDF |
Pago de cuota del seis al millar y, en su caso, de intereses moratorios. |
Dentro del mes inmediato siguiente a aquel en que se obtengan los ingresos. No se pagará la cuota por donativos en especie que consistan en alimentos, ropa, medicamentos, prótesis, así como por los donativos que se obtengan de otras IAP y por ingresos derivados del Fondo de Ayuda Extraordinaria otorgado por la Junta. Los donativos en especie deberán valuarse y contabilizarse conforme a las Normas de Información Financiera vigentes. Si el pago de cuotas no se realiza dentro del mes correspondiente, las IAP cubrirán adicionalmente un interés sobre sus saldos insolutos. Los pagos habrán de aplicarse en primer lugar a cubrir los intereses moratorios que se generen y finalmente, a liquidar el principal. |
55 LIAPDF 56 RLIAPDF |
Libros Diario y Mayor. |
Dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la última operación registrada en los libros concluidos (fecha de presentación de la declaración anual). Los libros deberán cumplir con lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y su Reglamento (RCFF), que disponen: Artículo 28 fracción III CFF: Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente. Artículo 34 último párrafo RCFF: Los contribuyentes podrán optar por respaldar y conservar su información contable en discos ópticos o en cualquier otro medio electrónico que mediante reglas de carácter general autorice el Servicio de Administración Tributaria. Tratándose de nuevas Instituciones, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se protocolicen sus estatutos. |
59 LIAPDF 57 RLIAPDF |
Duplicado de los contratos de arrendamiento que celebren y/o los avisos de desocupación correspondientes. | Dentro de los 30 días naturales siguientes a que se celebren los contratos o se consume la desocupación del inmueble. |