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Viernes, 19 Abril 2024

30 de noviembre, último día para dar cumplimiento de obligaciones ante el SAT

Comunicado con cumplimiento de obligaciones ante el SAT

Estimadas y estimados integrantes de las IAP:

Con fundamento en lo previsto por los artículos 70, 71 y 72, fracciones, I y XVI, de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, así como en los artículos 74, fracción II, 75, fracciones, III y V y 78, fracciones I y II, del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, en ejercicio de nuestra función de asesoría, se les informa que el 18 de noviembre de 2020 fue publicada en Diario Oficial de la Federación la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, en la cual entre otros, se precisa en su transitorio segundo, lo siguiente:

“Para los efectos del tercer párrafo de la regla 3.10.4., la continuidad de la autorización para recibir donativos deducibles para el ejercicio fiscal 2021, se encuentra condicionada a que las donatarias autorizadas presenten a más tardar el 30 de noviembre de 2020, el informe previsto en la regla 3.10.11. y la ficha de trámite 19/ISR “Informe para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, contenida en el Anexo 1-A, así como la declaración informativa establecida en el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del ISR, correspondientes al ejercicio 2019.”.

Por lo anterior, es muy importante que verifiquen haber dado cumplimiento a la presentación del “Informe de Transparencia” y de la “Declaración Anual”, correspondientes al ejercicio 2019 y, en caso de no haberlo hecho, dar cumplimiento a más tardar el 30 de noviembre de 2020, ya que la omisión tiene como consecuencia la pérdida de vigencia de la autorización para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Asimismo, con fecha 23 de noviembre fue publicado en el Diario Fiscal de la Federación el anexo 1-A de dicha Resolución, en la cual entre otros, se precisa en la ficha 146/ISR Informe de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2, que las donatarias autorizadas cuyo objeto social o fin autorizado, corresponda a la asistencia médica, rehabilitación o bien cuente con la autorización para apoyar económicamente a otra organización civil o fideicomiso autorizado, que recibieron u otorgaron donativos destinados para atender las contingencias ocasionadas con motivo de la pandemia derivada del coronavirus COVID-19, deberán presentar el Primer informe de transparencia a partir del 1 de enero al 31 de enero de 2021 a través del programa electrónico que para tal efecto esté a su disposición en el Portal del SAT.

Para mayor información, los exhortamos a leer los lineamientos y conocer más de cómo cumplir con estas obligaciones en la regla 3.10.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y la ficha 146/ISR “Informe de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2” de su Anexo 1-A.

 

Atentamente

Lic. Christian Francisco Jiménez Rivera

Director de Análisis y Supervisión

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