ASISTENCIA SOCIAL PRIVADA


La Asistencia Social Privada tiene por objeto allegar medios a personas en situación de vulnerabilidad que se encuentran en condición de desventaja, mediante bienes de propiedad particular, a través de Instituciones de Asistencia Privada, reguladas por la Junta de Asistencia Privada.

SERVICIOS AL PÚBLICO
INFORMACIÓN DE INTERÉS

 

XXIII. La relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades.

No aplica a la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, porque no lleva a cabo actividades deportivas para que se beneficie a la población en general, ni administra instalaciones deportivas realizadas con recursos de la Federación o de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 197 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 71 y 72 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal y 62 de su Reglamento. Le compete al Instituto del Deporte de la Ciudad de México conforme a lo señalado en el artículo 23 de la Ley de Educación Física y del Deporte del Distrito Federal.

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