2. MARCO NORMATIVO





U na de las primeras tareas que se llevaron a cabo en la presente administración fue una revisión a profundidad de todo el marco legal aplicable tanto a las IAP como a la propia Junta, para lo cual se inició con la elaboración de una síntesis de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada de la Ciudad de México que permitiera definir, a partir de su contenido, el alcance y las obligaciones de la Junta de Asistencia Privada, partiendo del Principio de Legalidad al que está sujeta por ser una entidad de derecho público, y que la obliga a cumplir estrictamente con lo que en la Ley se establece y la limita para excederse de aquello para lo que la faculta.

Por otra parte, se realizó un análisis exhaustivo de la misma Ley a fin de establecer, de manera precisa, los derechos y obligaciones que competen a los actores sujetos a esta, con el propósito de determinar las responsabilidades y ámbitos de actuación de cada uno de ellos.

Asimismo, se compendió la normatividad más relevante aplicable a las Instituciones de Asistencia Privada, conformando con ella el Catálogo de Obligaciones, instrumento de vigilancia que se explicará más adelante y una relación de los procedimientos que requerían ser documentados para dar certidumbre sobre la gestión interna de la JAP.

Toda la normatividad se encuentra disponible en apartado Marco Normativo de la página web oficial de la Junta

2.1 Facultades y principales obligaciones de la Junta

Según la LIAP, la Junta tiene por objeto “el cuidado, fomento, apoyo, vigilancia, asesoría y coordinación de las instituciones de asistencia privada11…” y, entre otras, menciona como sus atribuciones:

  • Vigilar que las instituciones de asistencia privada cumplan con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables.
  • Promover ante las autoridades competentes el otorgamiento de estímulos fiscales.
  • Representar y defender los intereses de las instituciones en los supuestos previstos por esta Ley.
  • Coordinarse con las demás dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública que tengan a su cargo programas relacionados con la asistencia social, con el fin de unificar esfuerzos y hacer más eficiente la atención de las necesidades asistenciales existentes.
  • Apoyar con recursos financieros directamente a las Instituciones de Asistencia Privada (de conformidad a las Reglas de Operación que dicte el Consejo Directivo).
  • Organizar servicios de asesoría jurídica, fiscal y administrativa para las Instituciones de Asistencia privada, así como ofrecerles actividades de capacitación.
  • Establecer un registro de las instituciones de asistencia privada y con base en este, publicar un directorio.


11 Ley de Instituciones de Asistencia Privada de la Ciudad de México Art. 71